1. Aprobación del acta de la última sesión celebrada (08/11/18).
APROBADA por unanimidad.
2. Aprobación, si procede, de proposición de Fiestas Locales para el ejercicio 2019. Expediente 2973/2018.
IUCM-LV: Se presentan como propuesta por el
equipo de gobierno el martes 15 de mayo y el sábado 14 de septiembre. No
tenemos objeción al día 15, ya que coincide con Madrid capital, donde trabaja
la mayoría de la población, y con muchos de los municipios de la Comunidad de
Madrid, lo cual facilitará que tanto trabajadores y trabajadoras como
estudiantes puedan disfrutar de un festivo local sin tener que acudir a sus
centros.
Sin embargo, rizando el rizo del
absurdo, el equipo de gobierno propone fijar la fiesta de septiembre el sábado
14. Sí, ya sabemos que es un día laborable, pero todo el mundo sabe también que
la mayoría de las empresas trabajan de lunes a viernes.
También conocemos que el horario de los
pequeños comercios y de las empresas que abren en sábado es mayoritariamente de
media jornada. Y es de dominio público que ni colegios, ni institutos ni
organismos públicos trabajan en sábado. No sé qué memoria laboral tienen
ustedes pero yo, que llevo trabajando treinta años, estoy acostumbrada a que
entre los 14 festivos del calendario laboral siempre haya dos sábados. Para
2019, entre el Gobierno del Estado y la Comunidad de Madrid, que fijan 12
festivos, únicamente han elegido uno.
Pero, ¡por Odín y por Thor!, viene el
Ayuntamiento de Sevilla la Nueva a enmendar la plana, que para eso estamos
nosotros, para arreglar el desaguisado, faltaría más. Ustedes, que sacan la
tradición y la costumbre a pasear cuando les interesa, no podían dejar que tal
desmán tuviera lugar.
Para este equipo
de gobierno lo más importante son las fiestas religiosas, ante todo, facilitar
la asistencia a los oficios, que es lo más importante. Damos por hecho que, al
no haber un festivo adicional al fin de semana, todas las actividades de las
fiestas se concentrarán
en él. Difícil lo tendrán para organizarlo de forma que los vecinos interesados
en acudir tanto a los actos religiosos como a las actividades del Ayuntamiento
puedan compaginarlo.
Aquí no se tiene en cuenta ni a los comercios ni a los
trabajadores y trabajadoras de este pueblo. Tampoco a la comunidad educativa.
Se olvidan ustedes, de nuevo, de cuál es el objetivo de los días festivos: son
días no laborables, independientes de las conmemoraciones religiosas o de
cualquier otra índole. De nuevo olvidan, o desechan conscientemente, que la
finalidad de las FIESTAS LABORALES, que así se llaman por si no lo sabían, es
facilitar descanso a los trabajadores y trabajadoras, también a estudiantes,
así como a las familias de unas y otros.
Por este motivo, presentamos la siguiente ENMIENDA: “Fijar el festivo local del mes de septiembre el lunes día 16”.
Votación de la enmienda:
RECHAZADA. A favor: CS, IUCM, PSOE, NA (6).
En contra: PP (6). Rechazada con el voto de calidad del alcalde.
Votación del punto:
APROBADO. En contra: CS, IUCM, PSOE, NA (6). A
favor: PP (6). Aprobado con el voto de calidad del alcalde.
3. Aprobación, si procede, del Convenio Urbanístico. Expediente 2649/2018.
IUCM-LV: Nuevo convenio con el Canal de Isabel
II que sustituye a una adenda de 2006. No tiene nada que ver (aunque está
vinculado en duración) con los de aducción y alcantarillado de 2012. Este es
sólo sobre infraestructuras necesarias para la realización de nuevos
desarrollos urbanos, no afecta a nada de lo que ya está hecho. Se limita a
actualizar los importes y obras necesarios para que los promotores paguen y
puedan poner en marcha los nuevos desarrollos.
APROBADO: A favor: PP, CS,
PSOE, NA (10) Abstención: IUCM (2).
4. Aprobación, si procede, de Bajas de Ejercicios Cerrados. Expediente 2976/2018.
IUCM-LV: Son bajas de ingresos de años
anteriores que no se van a producir. Un porcentaje mínimo (2%) es por
prescripción. La mayoría es por emisión incorrecta o cambio de titulares, lo
que significa que se le ha cobrado a otro. En el caso de las plusvalías, la
mayor parte es por sentencias de que no existe incremento de valor o por
daciones en pago.
APROBADO por unanimidad
5. Aprobación, si procede, de establecimiento de régimen de fiscalización limitada. Expediente 3126/2018.
IUCM-LV: Este y el siguiente tienen su origen en
un Real Decreto que hay que cumplir sobre la fiscalización de las cuentas. La
cuestión es que va a haber que llevar un control mucho más exhaustivo de todo,
con auditorías entre otras cosas. La ley permite una forma de fiscalización
previa total o limitada. La cuestión es que si se hace total, absolutamente
todo, hasta lo más mínimo, tiene que pasar por intervención. Dada la escasez de
personal y la gran cantidad de expedientes que se tramitan, no parece muy
operativo. La limitada, que es la que se propone, reduce las comprobaciones a
unos requisitos básicos (existencia de crédito disponible, órgano de aprobación
correcto, comprobación de cumplimiento en inversiones plurianuales y otros
fijados por el Consejo de Ministros). Realmente es bastante parecido a lo que
se hace actualmente.
APROBADO por unanimidad
6. Aprobación, si procede, de establecimiento de régimen de fiscalización previa. Expediente 3128/2018.
IUCM-LV: Lo mismo que el anterior, pero para los
ingresos. En este caso se limita a la “toma de razón” en contabilidad y control
posterior.
APROBADO por unanimidad
7. Aprobación de moción del Grupo Municipal Ciudadanos Plan de Movilidad Autovía A5. Expediente 3247/2018
APROBADO: A
favor: PP, Ciudadanos, PSOE, No Adscrito (10). Abstención: IUCM (2)
8. Aprobación de moción del Grupo Municipal Popular sobre modificación LOREG. Expediente 3525/2018.
IUCM-LV: Lo que ustedes llaman “que gobierne la
lista más votada”, es en realidad, que le den la mayoría absoluta a la lista
más votada. Lógicamente, es difícil de estructurar que gobierne la lista más
votada, ya que la potestad de votar al candidato a la alcaldía la tiene cada
uno de los concejales individualmente, complicado limitarlo. De modo que lo
ustedes pretenden conseguirlo dando más concejales a esa lista, otorgando de
hecho una mayoría absoluta para cuatro años a quien no la ha conseguido en las
urnas. Claves:
- Que obtenga mayoría absoluta (esto es lo único lógico,
y no cambia nada).
- Con un 35% y más de 5 puntos sobre la siguiente, le dan
la mitad más uno de los
concejales.
- Con un 30% de los votos y 10 puntos sobre la siguiente,
también.
- Si ninguna obtiene más del 30%, se repiten elecciones y
sólo pueden presentarse
las que hayan sacado más de un 15% en
las primeras.
Dirán que no altera el espíritu de la
Constitución, es su opinión, lo que está claro es que altera muy claramente la
representación otorgada en las urnas por los votantes. Cristalino. Es
inaceptable.
APROBADA: A favor: PP (6). En contra:
CS, IUCM, PSOE, NA (6). Aprobada con el voto de calidad del
alcalde.
9. Aprobación de moción del Grupo Municipal Popular sobre Red de cercanías regional. Expediente 3524/2018.
APROBADO: A favor: PP, CS (8).
En contra: IUCM, PSOE (3). Abstención: NA (1).
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